divendres, 30 de maig del 2008

LA LEGISLACIÓN TURÍSTICA O ... EL GRAN BARULLO!!!


Mucho ha cambiado el turismo en nuestro país desde los inicios del desarrollo turístico y, en consecuencia los cambios en las normativas turísticas han sido a menudo complejos, contradictorios y, a veces, con efectos que no siempre han propiciado un crecimiento y desarrollo sostenible y competitivo.

El marco legal en el que se desarrolla la actividad turística se múltiplo y plural desde los mismos inicios del desarrollo turístico y, no sólo sueño Leyes de Turismo, que tanto el Estado (1963) como las mismas CCAA (ex. País Vasco (1994), Cataluña (2002)) se han encargado de llevar a cabo, no siempre con resultados positivos.

Resulta evidente que, no solo son las "leyes de turismo" las que "regulan" el turismo y sus actividades, ya que son muchas las disposiciones de diferentes rangos, procedencias, "niveles", etc, que afecta o puede afectar al funcionamiento del turismo, sus actividades ... y el mismo futuro de un turismo cada vez más global. Las problemáticas generadas por las "viejas" y "nuevas" normativas turísticas son múltiples ... las contradicciones son a menudo difíciles de entender ... las preguntas, en ocasiones plantean respuestas muy y muy discutibles.

A título de ejemplo y, sólo a título de ejemplo, reproducimos algunas, aunque son muchas más las que llevan a expresar en algunas ocasiones de angustia y desesperación aquella frase que seguro se ha sentido en foros y debates: "masas leyes, masas legisladores...".

En el caso de las diferentes normativas que afectan en los establecimientos hoteleros, los empresarios consideran que se demasiado amplía, que existen demasiadas autoridades competentes legislando y que en algunos casos es confusa e incluso contradictoria.

Las actividades turísticas y, en su un claro ejemplo las actividades hoteleras se ven afectadas por infinidad de normas que no están específicamente relacionadas con el sector. Por consecuente, leyes que tratan sobre seguridad, contaminación o sanidad que afectan en todos los edificios, y por lo tanto en los hoteles, no consideran las circunstancias y particularidades de las actividades turísticas y de alojamiento.

¿Quien? ¿y Cómo? se regula el "turismo residencial", que no se encuentra contemplado ni por la Ley de Arrendamientos Urbanos ni por la mayor parte de legislaciones y reglamentaciones turísticas.

En el caso de las CCAA que han intentado llevar a cabo una mínima regulación, mediante decretos varios ... hace falta a decir que los resultados, probablemente, no han sido los "esperados" ... ya que la mayor parte de la oferta de alojamientos hoteleros todavía no ha salido a la luz, a pesar de la existencia de los mismos decretos y de los registros de empresas correspondientes ...
¿Cómo afectan a las normativas "sanitarias" en el funcionamiento de nuestro sistema turístico? y, decimos eso no sólo con respecto a la normativa "antitabaco", que ya ha generado y continuar generando suficientes contradicciones entre los diferentes establecimientos afectados, consumidores, administraciones ... con diferentes competencias y niveles, etc; si no con respecto a la regulación y funcionamiento de nuestras cocinas y las normativas que obligatoriamente se tienen que cumplir tanto con respecto a sus estructuras físicas, materias delgadas utilizadas, habilitación de los mismos profesionales y trabajadores ... o todo lo que supone los "nuevos" temas vinculados a nuestras actividades ... la "contaminación" ... se a decir, los ruido, los olores ...
Hace falta a decir que en estos últimos "nuevos" casos algunos de los titulares de estas actividades han sido "encausados" por la comisión de alguno que otro "presunto” delito ...
Y con todo eso, y ahora desde un punto de vista territorial las obligaciones que tiene un destino turístico como el nuestro, que acoge mayoritariamente consumidores procedentes de la Unión Europea de dotarse de unos servicios sanitarios públicos adecuados no sólo por los residentes españoles si no, también, a los millones de turistas europeos que nos visitan cada año.
Y la UE, también, sin competencias ... pero "legislando": la UE no tiene competencias en Turismo y por consecuente no procedería ningún comentario ...No obstante, aunque técnicamente se así ... en la práctica no se del todo cierto, la UE ha legislado y sigue legislando en temas muy importantes por el sector turístico especialmente en materia de consumo, pero también en materia de transporte, medio ambiente, sanidad ... y todo eso para: mejorar la legislación, coordinar las políticas económicas, usar mejor los instrumentos financieros disponibles en Europa, elaborar una Agenda 21 para el turismo, dar apoyo a las acciones para la sostenibilidad, conocer mejor el turismo en la Unión, dar apoyo a la promoción de los propias destinos y fijar unos objetivos de futuro común ... y, de momento nada más que eso.
En cualquier caso, a pesar de la larga declaración de principios, mencionada con anterioridad, la UE sigue avanzando y "legislando" también en materia turística.Esta cantidad de "legislaciones turísticas", "llenan" ... como si del agua de un pantano en época de sequia se tratase … de "derechos y obligaciones" el funcionamiento del sistema turístico y cuestionan, a veces, la competitividad del mismo turismo catalán y español.
¿Qué efectos tiene esta falta de homogeneidad y como afecta a nuestro turismo?, tiene efectos positivos o negativos?, estamos sufriendo una exagerada intervención administrativa? ... ¿el turismo catalán y español se menos competitivo debido a estos "excesos"?Desde los aspectos, quizás, más anecdóticos, como puede ser las diferentes clasificaciones hoteleras, hasta los más técnicos, como la manipulación de alimentos, las normativas de seguridad en caso de incendio, o el tiempo meteorológico que según la "turisprudencia" mayoritaria tiene que ser conocido por nuestras agencias de viajes ... se ha consigue complicar de forma, quizás, innecesaria las actividades que desde un punto de vista empresarial y/o profesional desarrollan miles de personas en este país, y todo eso, claro, repercute de manera directa y negativa en el consumidor.Este amasijo legal nos lleva, a veces, a una cierta situación de inseguridad jurídica que se puede manifestar tanto desde los ámbitos profesionales y / o empresariales como desde los mismos consumidores.
La competitividad turística se, también, sinónimo de transparencia y, la transparencia de los servicios turísticos se puede ver gravemente afectada de cara al consumidor en virtud de esta falta de homogeneización, cuando menos, al considerar que nuestros principales mercados sueño europeos que pueden perder ciertas referencias según el destino o destinos turísticas que puedan escoger a lo largo de los años.

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