dissabte, 3 de novembre del 2007

RESPONSABILIDAD DE LA AEROLÍNEA POR MUERTE DE UNA PASAJERA A RAÍZ DE LA PÉRDIDA DE EQUIPAJE


Fuente: http://www.derechodelturismo.net/ La Corte de Apelaciones de EEUU (del 9no. Distrito) ratificó la sentencia de inferior instancia por la cual se había condenado a American Airlines a abonar una indemnización por muerte de una pasajera, a raíz de haber extraviado un bolso de viaje con dispositivos médicos.

RESPONSABILIDAD DE LA AEROLÍNEA POR MUERTE DE UN PASAJERO OCASIONADA POR LA PÉRDIDA DE EQUIPAJE (2007.09.04)

La Corte de Apelaciones del 9º Distrito de Estados Unidos ratificó la sentencia dictada por la inferior instancia, contra American Airlines. La aerolínea había forzado a una mujer mayor a despachar su bolso de viaje solo, con dispositivos médicos necesarios.

La empresa aérea extravío dichos elementos, y el Tribunal en consecuencia responsabilizó a American Airlines por la muerte de la pasajera ocurrida luego del extravío de su equipaje.

El tribunal inferior había sostenido que la aerolínea debía pagar u$s 226.238,81 a los familiares de la víctima debido a su fallecimiento poco después de la pérdida del equipaje.

Se cree que este es el primer caso en el que se responsabilizó a una aerolínea por la muerte de un pasajero causado por demora o extravío del equipaje.

La pasajera, de 75 años, falleció luego de volar desde Los Angeles hacia Guyana en 1997.

Un asistente de tierra de American Airlines forzó a la pasajera a despachar su bolso que contenía un respirador para el tratamiento de sus problemas respiratorios. Ello significó que la pasajera tuviera que volar sin sus dispositivos médicos necesarios. El agente prometió que tales elementos le serían inmediatamente devueltos una vez arribados en Guyana. Sin embargo, el bolso se extravió y la víctima falleció días más tarde.

Los hijos de la pasajera demandaron a la aerolínea, quien les había propuesto abonar u$s 2.000.- por la pérdida del equipaje, monto máximo según los stándares internacionales.

El tribunal inferior estableció que la aerolínea era responsable por su conducta negligente o errónea, y que en consecuencia el límite de responsabilidad establecido por la Convención de Varsovia (u$s 75.000) no debía ser aplicado.

El fallo representa una decisión sumamente significativa, ya que requiere a las aerolíneas ser mucho más cuidadosas en el tratamiento con el equipaje de los pasajeros.

Fuente: Reuters

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